ALGUNOS MALDITOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN AMARILLISTAS
¿Que opinión les merece los medios de comunicación en Bolivia, especificamente la televisión?
Mi opinión personal, es que la mayoria de los medios de comunicación en Bolivia, son amarillistas, especialmente la red Unitel, que con periodistas, por demás incompetentes, dañan la imagen de miles de personas y permanecen impunes debido al maldito poder que tienen, debido a que las víctimas o personas afectadas por este medio, no inician procesos legales o demandas, porque temen seguir siendo víctimas de estos aparatosos medios de comunicación.
Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben contribuir a la formación ciudadana, no a su perversión o morbosidad como la televisión amarillista, inexperta, ignorante.
Van en contra de las garantías constitucionales, como por ejemplo el derecho a la privacidad, a la intimidad, consagradas en nuestra C.P.E.
Solo existe una Ley de Prensa de 1925 que está por demas es decir que esta muy antigua, lo que mejor se podria utilizar es el:
HÁBEAS DATA
El hábeas data es una vía procesal instrumental de protección al derecho a la autodeterminación informativa incorporado al sistema constitucional boliviano mediante la Ley 2631 de Reforma de la Constitución de 20 de febrero de 2004 en el artículo 23.I de la Constitución, que protege el derecho a la privacidad o vida íntima contra el manejo de información sobre datos personales por medios informáticos.
El hábeas data protege el ejercicio de los siguientes derechos:
1º De acceso a los datos o información referidos a su persona, que hubiesen obtenido y almacenado los bancos de datos públicos o privados, para conocer qué informaciones se consignan sobre su persona, con qué fundamentos, asimismo conocer los fines y objetivos de la obtención y almacenamiento; es decir, qué uso le darán a esa información.
2º De rectificación o corrección de la información obtenida y almacenada, si la misma contiene datos personales falsos o errados, cuya difusión podría causar graves daños y perjuicios a la persona registrada en el banco de datos.
3º De obtener la eliminación o exclusión de la llamada “información sensible” relacionada al ámbito de su intimidad o la de su familia; es decir, aquellos datos mediante los cuales se pueden determinar aspectos considerados básicos dentro del desarrollo de la personalidad, tales como las ideas religiosas, políticas o gremiales, comportamiento sexual; información que potencialmente podría generar discriminación o que podría romper la privacidad del registrado.
Pienso que el recurso de habeas data, deberia restringir de inmediato imagenes a publicarse, por ejemplo: las publicaciones de unitel, que constantemente violan el derecho a la privacidad, y no respetan ninguna clase de intimidad, no se hace nada por impedirlas. Y las victimas no interponen ningún recurso por el miedo que tienen a estos juzgadores monstruosos invisibles, la policia tampoco progte la privacidad de las personas lo que es una pena.
Mi sugerencia es que se debería regular el habeas data o el derecho a la privacidad, mediante una ley, que diga que a la sola interposición del recurso ( es decir sin que antes se declare procedente ) no se pueda emitir imagenes e información sobre ese hecho (que generalmente son hechos amarillistas), para así promover una verdadera garantía a las personas, porque de que sirve que te paguen dinero, si ya han salido tus imagenes y te han matado civilmente. ¿O ustedes que opinan?